Niegan la libertad a un supuesto yihadista que vivía en la indigencia en granada | ideal


Niegan la libertad a un supuesto yihadista que vivía en la indigencia en granada | ideal

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El sospechoso vivía en la indigencia en Granada. Quizá era una táctica para no ser descubierto. Que un presunto terrorista se haga pasar por un ... persona sin hogar podría parecer un alarde


de astucia. Lo normal es que nadie se fije en los 'invisibles'. O quizá era de verdad un mendigo consagrado, supuestamente, a la causa del Daesh, el temible grupo extremista


conocido también como Estado Islámico. El investigado fue capturado por la Guardia Civil cuando deambulaba por las calles de la capital la madrugada del pasado 18 de marzo de este mismo año


2025. Tres días más tarde, un juzgado de la Audiencia Nacional  –el tribunal con sede en Madrid dedicado, entre otras materias, a la persecución del crimen organizado–, ordenaba su ingreso


en prisión por la presunta comisión de un delito de captación y autoadoctrinamiento terrorista. Es decir, que estaba radicalizándose para, supuestamente, empuñar las armas y pasar a la


acción. HERMANO MUERTO EN SIRIA Además, un hermano suyo había muerto en Siria cuando, según las indagaciones de la Guardia Civil, combatía bajo la bandera negra del Daesh. La combinación de


esos dos factores fue decisiva para que la justicia acordase encerrarlo en un presidio. Y va a seguir entre rejas, porque la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acaba de rechazar la


petición de libertad formulada por el imputado. Entre otros argumentos, la defensa del supuesto yihadista –así se denomina a los activistas que emplean el terror para instaurar el califato,


esto es, que los estados estén gobernados por la ley islámica– alegó que el sospechoso «tiene un fuerte arraigo en España, teniendo residencia legal y viviendo en una casa de acogida en


Granada». Asimismo, afirmó que no existía «riesgo de fuga pudiéndose adoptar otras medidas» coercitivas «menos gravosas» que el encarcelamiento. «HECHOS GRAVES» La Audiencia ha denegado la


solicitud del recluso y recuerda que la Guardia Civil confiscó al indigente una «ingente documentación» sobre los atentados terroristas cometidos por los fanáticos del Estado Islámico. «El


recurrente figura como investigado a partir de la incoación de unas diligencias previas por la supuesta comisión de un delito de captación y autoadoctrinamiento terrorista, existiendo


indicios claros de la posible comisión de este delito, indicios que provienen especialmente a partir de la intervención e incautación de una ingente documentación en poder del investigado


relativa a acciones terroristas del Daesh y a propaganda de la yihad islámica, documentación que, como hemos dicho anteriormente, se describe minuciosamente en el auto recurrido», exponen


sus razones los magistrados del tribunal central en una resolución motivada. A renglón seguido, el auto de la Sala de lo Penal indica que la eventual puesta en libertad del detenido entraña


riesgos e insiste en que carece de domicilio. «La existencia de unos hechos graves como los que son objeto del procedimiento, la incautación de una cantidad importantísima de documentación


antes mencionada, el que no existe ninguna constancia de que el investigado tuviera un arraigo o vinculación intensa en nuestro país, en el recurso de apelación se dice que es residente en


España pero no se aporta ninguna documentación al respecto, tan solo se dice que no tiene vivienda propia y que vive en una casa de acogida en Granada, el peligro que supone la difusión de


toda la documentación incautada y el peligro de reiteración delictiva, hace que debamos mantenerla medida de prisión sin que, por el momento, se adopten otras medidas menos gravosas para con


el investigado», concluye la Audiencia Nacional.