Procesan al gerente de una cantera por la muerte de un obrero | la verdad
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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Jumilla acaba de dictar un auto de continuación por procedimiento abreviado, que viene a equivaler ... al procesamiento, contra el
administrador único de dos empresas vinculadas a una cantera de Jumilla por el fallecimiento de un trabajador en el año 2018. El juez apunta a la posible comisión de un delito contra los
derechos de los trabajadores en concurso con un delito de homicidio por imprudencia. Las partes cuentan ahora con diez días para formular sus escritos de acusación, solicitando la apertura
de juicio oral, o defensa. Este escrito del instructor, al que LA VERDAD ha tenido acceso, llega siete años después de que se produjese el fallecimiento, el 21 de marzo de 2018. El obrero
sufrió una caída mientras desempeñaba su labor en la cantera y, aunque fue trasladado al hospital Virgen de La Arrixaca de Murcia, nada se pudo hacer ya por salvar su vida. El magistrado
entiende que, en el accidente mortal, tuvieron incidencia «una serie de infracciones en materia de vigilancia y seguridad de los trabajadores». Entre ellas, apunta a que el obrero «no estaba
vigilado adecuadamente ni contaba con medios de telecomunicación», «no se encontraba acompañado» y «su compañero no disponía de medios para comunicarse con él». SIN «MEDIDAS ANTICAÍDAS»
Además, el instructor subraya que «no utilizaba casco protector en el momento del accidente y nadie le obligó ni le advirtió de su obligación de hacerlo». El juez hace hincapié, por último,
en su escrito, en que la empresa «no había adoptado medidas anticaídas». EL MAGISTRADO REMARCA QUE EL TRABAJADOR «NO USABA CASCO PROTECTOR Y NADIE LE OBLIGÓ NI LE ADVIRTIÓ DE SU OBLIGACIÓN
DE HACERLO» Con estos argumentos procesa al administrador único de las dos empresas investigadas en esta causa. Una de ellas era la titular de la explotación y la otra la encargada de los
trabajos de extracción de la cantera. El juez decide, por otra parte, ordenar el sobreseimiento de los cargos que pesaban sobre el director facultativo de la cantera y el responsable de tajo
del turno de noche, que ha estado defendido por el abogado penalista José Manuel Ortega. «El material incriminatorio no es suficiente respecto a tales investigados, pues no ha quedado
indiciariamente acreditado que los mismos tuvieran responsabilidad en el accidente», concluye el magistrado.