El consell prolonga hasta agosto la bajada de un 10% de las tasas y precios de la generalitat
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VALÈNCIA (VP). El Consell ha aprobado el decreto ley por el que se prolonga temporalmente la reducción de un 10 % de las tasas y precios públicos de la Generalitat hasta el 31 de agosto de
2023 y se amplía la suspensión a los contribuyentes del importe abonado por canon de saneamiento del agua hasta el 31 de julio de 2023 con la finalidad de aliviar el impacto de la inflación
en la economía de las familias y empresas valencianas. De esta forma, la norma recoge una bonificación del 10% sobre todas las tasas devengadas entre el 1 de enero y el 31 de agosto que se
regulan en la Ley 20/2017 de tasas; en Ley 10/1997 de Tasas por Inspecciones y Controles Sanitarios de Animales y sus Productos; en la Ley 1/1999 de Tarifas Portuarias y en la Ley 2/2014 de
Puertos de la Generalitat. Las únicas excepciones recogidas en la norma son las tasas por servicios académicos universitarios y las tasas y precios públicos dependientes de la Conselleria de
Educación, Cultura y Deporte cuya regulación a través del Decreto 123/2022 ya prevé una reducción del 10 % hasta la finalización del curso escolar y universitario 2022/2023. Esta rebaja
del 10% sobre la cuantía a abonar por parte de los contribuyentes se hace extensiva igualmente a todos los precios públicos de la Generalitat que resulten exigibles entre el 1 de enero y el
31 de agosto de 2023. La Generalitat también modifica a través de este decreto la duración de las medidas para el apoyo económico a los contribuyentes del canon de saneamiento, ampliando
hasta el 31 de julio de 2023 el plazo fijado en el decreto 6/2022 para ayudar a las familias valencianas a hacer frente a la inflación. LUCHA CONTRA LA DESPOBLACIÓN Además, y con el objetivo
de impulsar diversas medidas de apoyo a la actividad económica en el territorio de los municipios en riesgo de despoblación, se crean nuevos incentivos fiscales dirigidos a atraer y
mantener negocios y empresas y a proteger núcleos históricos y enclaves con una importante representación de la arquitectura tradicional. Para ello, se modifica la Ley 13/1997 de la
Generalitat que regula el tramo autonómico del IRPF, con la inclusión de nuevas deducciones y reducciones en los tipos impositivos de los impuestos por Transmisiones Patrimoniales y Actos
Jurídicos Documentados (ITPAJD) En concreto, se mejora el tipo impositivo aplicable a las transmisiones de inmuebles que se destinan a ser sede social o centro de trabajo en los municipios
en riesgo de despoblamiento, pasando del tipo general del 10 % al tipo super reducido del 4 % en la modalidad transmisiones patrimoniales onerosas del Impuesto sobre Transmisiones
Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Igualmente, para las empresas que adquieran inmuebles para destinarlos a ser sede social o centro de trabajo se recoge igualmente una
bonificación del 30 % sobre la cuota gradual de la modalidad de Actos Jurídicos Documentados, en el caso de que fueran realizadas entre empresarios o profesionales y estuvieran sujetas al
Impuesto sobre el Valor Añadido. Para poder acceder a estas deducciones las empresas deberán conservar en estos municipios su sede social o centro de trabajo durante al menos un periodo de
tres años y contar con al menos un trabajador a jornada completa durante este mismo periodo. Con el objetivo de fijar población en estos municipios y fomentar la rehabilitación de viviendas,
se crea igualmente una nueva bonificación por la cual se reduce en un 50 % el importe de las cuotas íntegras a abonar por la adquisición de viviendas -incluidas las destinadas a ser
segundas residencias o a alquiler-, en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales siempre y cuando en el plazo de tres años se acometa una rehabilitación de las mismas que garantice la
protección de los núcleos históricos y la arquitectura tradicional.