Elecciones Madrid 2023: así se eligen los miembros de la mesa electoral


Elecciones Madrid 2023: así se eligen los miembros de la mesa electoral

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ELECCIONES MADRID 2023: ASÍ SE ELIGEN LOS MIEMBROS DE LA MESA ELECTORAL


El próximo 28 DE MAYO tendrán lugar las ELECCIONES AUTONÓMICAS Y MUNICIPALES de MADRID. De tal forma que ya están disponibles las candidaturas, las fechas para la campaña y los plazos para


solicitar el voto por correo. 


Cada mesa electoral está compuesta por tres miembros: UNA PRESIDENCIA Y DOS VOCALÍAS, y, cada uno de ellos, cuenta con dos suplentes. Esto quiere decir que SE CONVOCAN A 9 PERSONAS. para


cada mesa electoral, si bien es cierto que finalmente solo la conforman 3 personas.  Sin embargo, ¿cómo se eligen a estas personas? Aquí te lo contamos.


Los puestos de las mesas electorales tiene lugar a través de UN SORTEO PÚBLICO ENTRE LAS PERSONAS CENSADAS en una sección electoral, división que hace referencia a una circunscripción de un 


MÍNIMO DE 500 Y UN MÁXIMO DE 2.000 ELECTORES.


_[¿Cómo votar por correo para las elecciones del 28M de Madrid?]_


El sorteo se realiza entre todos los ciudadanos censados en la Sección que cumplan los siguientes requisitos:


- SABER LEER Y ESCRIBIR. - SER MENOR DE 70 AÑOS. - EL PRESIDENTE DE LA MESA DEBERÁ TENER ESTUDIOS SUPERIORES (Bachillerato o Formación Profesional de segundo grado).


Se entiende que se deben cumplir estos REQUISITOS debido a que las funciones que se realizan durante ese día en la mesa electoral requieren de cierta destreza. Es importante tener buena


comprensión lectora, así como la capacidad mínima para contar las votos una vez finalizada la jornada electoral. 


La normativa indica que LOS SORTEOS se deben realizar entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno posteriores a la convocatoria de las elecciones, por lo tanto está PREVISTO QUE SE


PRODUZCAN ENTRE EL 29 DE ABRIL Y EL 2 DE MAYO. Una vez que ya se han designado los nombres, se llevan a cabo las notificaciones.


En este caso nos encontramos con notificaciones que son justificadas y ENTREGADAS EN MANO POR AGENTES DE LA POLICÍA O POR PERSONAL DE CORREOS. En caso de que después de dos intentos, el


destinatario no ha recibido la notificación, se le dejará un aviso en el buzón, donde se le informa de que debe ir a su oficina de Correos para recogerla. 


Tanto los suplentes como los titulares tienen la obligación de acudir a la mesa electoral. De hecho, todas las personas citas deberán acudir al colegio electoral  UNA HORA ANTES DE QUE SE


ABRAN LOS COLEGIOS PARA PODER VOTAR, es decir, a las 8:00 de la mañana, puesto que apertura es a las 9:00.


EN CASO DE NO ACUDIR (sin tener justificación) tanto de los titulares como de los suplentes, se podría recibir una MULTA o una pena de PRISIÓN, que puede ir desde los tres meses hasta el


año.


__Con respecto a los derechos que tienen los miembros de una mesa electoral, son los siguientes.


- SI TIENES QUE TRABAJAR EL DÍA DE LAS ELECCIONES y, finalmente, te toca estar en la mesa electoral, la empresa tiene que concederte un PERMISO RETRIBUIDO, previo aviso y justificación.


- SI TRABAJAS AL DÍA SIGUIENTE, tendrás derecho a una REDUCCIÓN DE 5 HORAS en tu jornada laboral del lunes.


_[El único pueblo de Madrid que no vota a su alcalde el 28-M: Pedro ya gobierna sin partido ni sueldo]_